Preguntas frecuentes

Resuelve tus dudas sobre nuestros servicios y procesos. Encuentra respuestas a las preguntas más comunes aquí.

¿Qué es un concurso de acreedores y cuándo debería solicitarlo mi empresa?

Un concurso de acreedores es un proceso legal mediante el cual una empresa insolvente busca negociar con sus acreedores para reestructurar su deuda y evitar la liquidación o bien acudir directamente al cierre definitivo de su empresa en el caso de que la misma no tenga ya viabilidad.

Debes considerar solicitar un concurso de acreedores si tu empresa no puede cumplir con sus obligaciones de pago de manera regular, y no se prevé una mejora en la situación financiera a corto plazo y todo ello en el plazo de 2 meses desde que comiencen los impagos, a fin de evitar la responsabilidad del Administrador.

¿Cómo te ayudamos?

Te asistimos en la evaluación de tu situación financiera y te guiamos en cada paso del proceso, desde la presentación del concurso hasta la negociación con los acreedores o bien el cierre de tu empresa, con el objetivo de proteger tus intereses.

La Ley de la Segunda Oportunidad es una Ley que permite a particulares y autónomos eliminar sus deudas o en algunos casos renegociarlas, siempre que cumplan con ciertos requisitos. Está diseñada para dar una «segunda oportunidad» a aquellas personas que han intentado cumplir con sus obligaciones financieras pero que se encuentran en una situación de insolvencia incontrolable.

¿Cómo te ayudamos?

Te ofrecemos asesoramiento personalizado para determinar si eres elegible para acogerte a esta ley y te asistimos durante todo el proceso, desde la negociación con los acreedores hasta la exoneración de deudas.

Contar con un servicio de dirección financiera externa te permite acceder a un equipo de expertos que gestionan el área financiera de tu empresa sin tener que contratar personal interno ahorrando así costes laborales importantes y dando una imagen profesional a tu empresa . Entre los principales beneficios destacan:

Optimización de recursos: Mejoramos la gestión del flujo de caja, reduciendo costes y maximizando la rentabilidad.

Toma de decisiones estratégicas: Asesoramos en decisiones clave que impactan en el futuro financiero de la empresa.

Reestructuración de deudas: Negociamos con entidades bancarias y proveedores para ajustar los plazos y montos de las deudas.

¿Cómo te ayudamos?

Analizamos la situación financiera de tu empresa, proponemos mejoras, implementamos controles y llevamos a cabo una planificación financiera estratégica para garantizar la sostenibilidad y el crecimiento.

Para beneficiarte de esta ley, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser un particular o autónomo.
  • No haber sido condenado por delitos económicos o relacionados con la insolvencia.
  • Que tu endeudamiento no haya sido generado de manera fraudulenta.
  • No haber solicitado una Ley de la 2ª oportunidad en los últimos 5 años

 

¿Cómo te ayudamos?

Nos encargamos de revisar tu situación y, si cumples con los requisitos, iniciamos todo el proceso legal para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, guiándote en cada paso.

Tras presentar la solicitud del concurso, se evalúa la documentación y se dicta un Auto declarando el Concurso de acreedores produciendo una serie de efectos, el más importante es la suspensión de las ejecuciones contra el patrimonio necesario de la empresa, es decir, se paralizan los embargos a la empresa, con algunas excepciones.

¿Cómo te ayudamos?

Te representamos durante todo el proceso, desde la fase inicial preparatoria hasta la conclusión del procedimiento, asegurando que los derechos de tu empresa estén protegidos.

La Ley de la Segunda Oportunidad permite la exoneración de la mayoría de las deudas, especialmente las deudas privadas, como préstamos personales, tarjetas de crédito y deudas con proveedores.

No obstante, algunas deudas como las deudas con la Hacienda Pública o la Seguridad Social tienen un tratamiento especial y se exoneran directamente hasta la cantidad de 10.000.-€ cada una de ellas

¿Cómo te ayudamos?

Te informamos sobre qué deudas pueden exonerarse en tu caso específico y gestionamos todo el proceso judicial para obtener el mayor alivio posible de tus obligaciones financieras.

La duración de un concurso de acreedores depende de varios factores, como la complejidad de las deudas, el número de acreedores y si la empresa tiene activos o no. Sin embargo, en promedio, el proceso puede durar entre 6 meses y 1 año.

¿Cómo te ayudamos?

Te guiamos durante todo el proceso para que sea lo más ágil posible y nos aseguramos de que se cumplan todos los plazos y requisitos legales.

El tiempo que lleva el proceso depende de varios factores, incluyendo el número de acreedores, y la complejidad de las deudas. Por lo general, el procedimiento puede durar entre 4 meses y 1 año.

¿Cómo te ayudamos?

Nos ocupamos de gestionar todas las etapas del proceso para que puedas acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad en el menor tiempo posible, garantizando un proceso eficiente y transparente.

La Ley de la Segunda Oportunidad está diseñada para particulares y autónomos que no puedan afrontar sus deudas y quieran iniciar un proceso de cancelación o renegociación  de las mismas.

Se aplica tanto a personas físicas como a autónomos que  han intentado cumplir con sus obligaciones pero se encuentran en una situación de impago de sus deudas.

Para poder solicitar un concurso de acreedores, deben cumplirse ciertos requisitos:

  • El deudor debe encontrarse en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, no poder cumplir con sus obligaciones de pago a tiempo.
  • La solicitud debe ser presentada por el deudor en los dos meses siguientes a la situación de insolvencia.

 

Es fundamental demostrar que el deudor ha actuado con buena fe y que no ha agravado su situación financiera mediante acciones fraudulentas.

No necesariamente de todas.

La Ley de la Segunda Oportunidad permite la cancelación de muchas deudas tras la fase judicial, pero algunas, como las relacionadas con la Hacienda Pública y la Seguridad Social, solo se pueden exonerar en la cantidad de 10.000.-€ cada una de ellas.

Sí, el deudor puede aparecer en registros de morosidad, como los archivos de ASNEF o RAI, si ha incurrido en impagos anteriores. Sin embargo, una vez que se logra la exoneración de las deudas, el deudor puede solicitar la eliminación de su nombre de estos registros.

Los registros de morosidad, como ASNEF, pueden ser consultados por entidades financieras, empresas que otorgan crédito y, en algunos casos, empresas de servicios como suministros.

No obstante, estas consultas están reguladas por la ley, y solo pueden acceder aquellos con una justificación legítima.

Una vez que se obtiene la exoneración del pasivo insatisfecho, las deudas incluidas en el proceso judicial se cancelan de manera definitiva, siempre que no se incumplan las obligaciones derivadas del procedimiento. Esto permite que el deudor pueda empezar de nuevo sin esas cargas económicas.

Los avalistas siguen siendo responsables de las deudas no satisfechas por el deudor principal, a menos que se logre una negociación que los libere, por tanto, debería estudiarse cada caso concreto contemplando la posibilidad de presentar un concurso de acreedores del deudor principal y de los avalistas.